{"id":26386,"date":"2020-03-29T20:20:22","date_gmt":"2020-03-30T01:20:22","guid":{"rendered":"https:\/\/www.fiscalia.gob.ec\/?page_id=26386"},"modified":"2020-03-29T20:20:52","modified_gmt":"2020-03-30T01:20:52","slug":"informacion-del-caso-mangajo1","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/www.fiscalia.gob.ec\/accesibilidad\/informacion-del-caso-mangajo1\/","title":{"rendered":"Informaci\u00f3n del Caso &#8211; Mangajo1"},"content":{"rendered":"<div class=\"wpb-content-wrapper\"><p>[vc_row row_type=\u00bbrow\u00bb use_row_as_full_screen_section=\u00bbno\u00bb type=\u00bbfull_width\u00bb text_align=\u00bbleft\u00bb background_animation=\u00bbnone\u00bb css_animation=\u00bb\u00bb][vc_column][vc_column_text]<\/p>\n<h2>Informaci\u00f3n del Caso (boletines)<\/h2>\n<p>[\/vc_column_text][vc_column_text css=\u00bb.vc_custom_1582060082430{margin-top: 35px !important;}\u00bb]<\/p>\n<h3>2019<\/h3>\n<p>[\/vc_column_text][vc_empty_space][vc_accordion active_tab=\u00bb1&#8243; style=\u00bbtoggle\u00bb][vc_accordion_tab title=\u00bb07 de marzo &#8211; Presunto autor de violaci\u00f3n a una adolescente es llamado a juicio en caso \u201cMangajo\u201d\u00bb][vc_column_text css=\u00bb.vc_custom_1585530479146{margin-top: 20px !important;}\u00bb]<strong>BOLET\u00cdN DE PRENSA FGE N\u00ba 041-DC-2019<\/strong><\/p>\n<p><strong>Cuenca, 07 de marzo de 2019.-\u00a0<\/strong>Tras analizar los elementos de convicci\u00f3n presentados por la Fiscal\u00eda, la jueza Alexandra Le\u00f3n dict\u00f3 auto de llamamiento a juicio en contra de Juan Andr\u00e9s V., de 34 a\u00f1os, en calidad de autor, por su presunta participaci\u00f3n en la violaci\u00f3n a una adolescente de 15 a\u00f1os. Adem\u00e1s se ratific\u00f3 la orden de prisi\u00f3n preventiva en su contra y medidas de protecci\u00f3n a favor la v\u00edctima.<\/p>\n<p>Durante la audiencia de evaluaci\u00f3n y preparatoria de juicio, desarrollada el 28 de febrero y 7 de marzo, la jueza adem\u00e1s dict\u00f3 auto de sobreseimiento para otro ciudadano, a quien la Fiscal\u00eda lo acus\u00f3 como c\u00f3mplice.<\/p>\n<p>De acuerdo a la investigaci\u00f3n dirigida por la fiscal de la Unidad de Violencia de G\u00e9nero y Delitos Sexuales, Valerie Rojas, el 24 de mayo de 2018, aproximadamente a las 6:45, en la Calle Larga, centro de Cuenca, una adolescente de 14 a\u00f1os, les present\u00f3 a la v\u00edctima y a Juan Andr\u00e9s V., alias \u2018Mangajo\u2019. Luego, este ciudadano las llev\u00f3 hasta una habitaci\u00f3n que se encuentra en la parte posterior de su domicilio, ubicado en el sector Puertas del Sol.<\/p>\n<p>En este lugar, Juan Andr\u00e9s V. habr\u00eda preparado una bebida alcoh\u00f3lica y les dio a las dos adolescentes, mientras conversaban sobre pel\u00edculas, les ofreci\u00f3 dos p\u00e9talos de rosas para comer. Enseguida la v\u00edctima se sinti\u00f3 mareada y se desmay\u00f3. Cuando despert\u00f3 se percat\u00f3 que hab\u00eda sido violentada sexualmente y seg\u00fan su versi\u00f3n identific\u00f3 al procesado como el agresor, quien adem\u00e1s habr\u00eda grabado el hecho con su celular.<\/p>\n<p>En la investigaci\u00f3n se evidenci\u00f3 que la amiga de la v\u00edctima conoci\u00f3 al procesado a trav\u00e9s de redes sociales. Para atraer su atenci\u00f3n, inicialmente el procesado utiliz\u00f3 un perfil falso fingiendo ser una adolescente, y ofreci\u00f3 presentarle a un supuesto joven, ahora identificado como Juan Andr\u00e9s V., quien supuestamente ten\u00eda 19 a\u00f1os.<\/p>\n<p>La Fiscal\u00eda sustent\u00f3 la acusaci\u00f3n con una pericia de audio y video, realizada a las im\u00e1genes extra\u00eddas del celular del agresor, en una fotograf\u00eda y un video se comprobar\u00eda la agresi\u00f3n sexual. Adem\u00e1s, una pericia de an\u00e1lisis qu\u00edmico que evidenci\u00f3 que las pastillas encontradas durante el allanamiento realizado al domicilio del procesado tienen entre sus componentes qu\u00edmicos: escopolamina y metadona.<\/p>\n<p>Adicional a la versi\u00f3n de la v\u00edctima, la Fiscal\u00eda present\u00f3 los informes de los ex\u00e1menes ginecol\u00f3gico y psicol\u00f3gico que se le practicaron, versiones de agentes de polic\u00eda que investigaron el hecho y de otras presuntas v\u00edctimas, quienes han colaborado en este caso.<\/p>\n<p>Juan Andr\u00e9s V. fue detenido la ma\u00f1ana del 26 de julio de 2018, en el parque de la Madre de Cuenca, cuando se encontraba junto a otra adolescente, de 15 a\u00f1os, la mam\u00e1 de la joven lo denunci\u00f3 por presunto acoso sexual a su hija. El mismo d\u00eda se allan\u00f3 el domicilio del procesado, donde se incaut\u00f3 dispositivos electr\u00f3nicos como celulares y una tablet, adem\u00e1s juguetes sexuales, ropa interior de mujer, preservativos y pastillas.<\/p>\n<p>En contra de Juan Andr\u00e9s V. existen otras 6 investigaciones, por presuntos delitos sexuales.<\/p>\n<p><strong>Dato:<\/strong><\/p>\n<p>El delito de violaci\u00f3n est\u00e1 sancionado en el art\u00edculo 171 del C\u00f3digo Org\u00e1nico Integral Penal (COIP), con privaci\u00f3n de libertad de 19 a 22 a\u00f1os. La pena puede incrementarse si se consideran agravantes.[\/vc_column_text][\/vc_accordion_tab][vc_accordion_tab title=\u00bb13 de junio &#8211; Alias \u201cMangajo\u201d, sentenciado a 29 a\u00f1os de c\u00e1rcel por violaci\u00f3n a adolescente\u00bb][vc_column_text css=\u00bb.vc_custom_1585530838284{margin-top: 20px !important;}\u00bb]<strong>BOLET\u00cdN DE PRENSA FGE N\u00ba 137-DC-2019<\/strong><\/p>\n<p><strong>Las pruebas aportadas por la Fiscal\u00eda fueron determinantes para comprobar la responsabilidad del acusado.<\/strong><\/p>\n<p><strong>Cuenca, 13 de junio de 2019.-<\/strong>\u00a0Ciento ocho pruebas testimoniales, documentales, periciales y materiales, expuestas por la Fiscal\u00eda, demostraron la responsabilidad de Juan Andr\u00e9s V., alias \u00abMangajo\u00bb, como autor de la violaci\u00f3n a una adolescente de 15 a\u00f1os.<\/p>\n<p>Luego de valorar estas pruebas, el Tribunal de Garant\u00edas Penales del Azuay, presidido por el juez C\u00e9sar Pes\u00e1ntez, dict\u00f3 una sentencia de veintinueve a\u00f1os y cuatro meses de privaci\u00f3n de libertad contra el acusado. Adem\u00e1s deber\u00e1 cancelar 5.000 d\u00f3lares como reparaci\u00f3n integral a la v\u00edctima.<\/p>\n<p><strong>La investigaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>Las diligencias investigativas dirigidas por la fiscal de la Unidad Especializada en Violencia de G\u00e9nero, Valerie Rojas, confirmaron que el 24 de mayo de 2018, aproximadamente a las 06:35, en las escalinatas de la Calle Larga, centro de Cuenca, una adolescente de catorce a\u00f1os present\u00f3 a la v\u00edctima y a Juan Andr\u00e9s V.<\/p>\n<p>Enseguida, el ciudadano llev\u00f3 a las dos adolescentes hasta una habitaci\u00f3n de su domicilio, ubicado en el sector Puertas del Sol de esta ciudad, donde prepar\u00f3 bebidas alcoh\u00f3licas que dio de tomar a las j\u00f3venes. Luego, les ofreci\u00f3 dos p\u00e9talos de rosas.<\/p>\n<p>Cuando la v\u00edctima comi\u00f3 este p\u00e9talo se sinti\u00f3 mareada, sinti\u00f3 dolor de cabeza y perdi\u00f3 la conciencia. La indefensi\u00f3n de la adolescente fue aprovechada por el sentenciado para cometer las agresiones sexuales. Tambi\u00e9n le tom\u00f3 una fotograf\u00eda y grab\u00f3 un video.<\/p>\n<p>Alias \u2018Mangajo\u2019 fue detenido el 26 de julio de 2018, cuando se encontraba en un parque de Cuenca, junto a otra adolescente, cuya madre present\u00f3 una denuncia en contra de \u00e9l por acoso sexual a su hija. Ese d\u00eda se allan\u00f3 su domicilio y un hostal, donde se incautaron dispositivos electr\u00f3nicos como celulares, computadoras, una tablet, un juguete sexual, preservativos, pastillas y sujetadores de manos.<\/p>\n<p><strong>Las pruebas que demostraron el hecho<\/strong><\/p>\n<p>Durante la audiencia de juicio, que culmin\u00f3 la tarde del jueves 13 de junio, la fiscal Valerie Rojas present\u00f3 el testimonio de la adolescente, su mam\u00e1 y su amiga, quien presenci\u00f3 los hechos y se\u00f1al\u00f3 a Juan Andr\u00e9s V., como el responsable de la violaci\u00f3n a la v\u00edctima. Adem\u00e1s de veintid\u00f3s testigos y peritos, entre ellos un polic\u00eda de Criminal\u00edstica, que realiz\u00f3 la pericia de audio, video y afines, mediante la cual se encontr\u00f3 en el celular del sentenciado una fotograf\u00eda en la que aparecen la v\u00edctima y su amiga en el lugar de los hechos.<\/p>\n<p>Esta pericia tambi\u00e9n evidenci\u00f3 que el sentenciado mantuvo conversiones con varias personas, a quienes envi\u00f3 las fotograf\u00edas y el v\u00eddeo.<br \/>\nAdem\u00e1s, la Fiscal\u00eda expuso el testimonio de la perito que efectu\u00f3 la pericia psicol\u00f3gica y concluy\u00f3 que la v\u00edctima presenta estr\u00e9s postraum\u00e1tico e ideas de suicido, como consecuencia del delito.<\/p>\n<p>Asimismo, un funcionario de la Agencia de Regulaci\u00f3n, Control y Vigilancia Sanitaria (ARCSA), que efectu\u00f3 una pericia qu\u00edmica, expuso que en las pastillas y en un l\u00edquido incautados en el domicilio del sentenciado se evidenci\u00f3 que conten\u00edan escopolamina y metadona.<\/p>\n<p><strong>Otras investigaciones<\/strong><\/p>\n<p>Juan Andr\u00e9s V. tambi\u00e9n est\u00e1 llamado a juicio por violaci\u00f3n a una adolescente de catorce a\u00f1os. Adem\u00e1s, es procesado por su presunta participaci\u00f3n en el delito de pornograf\u00eda, con utilizaci\u00f3n de ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n la Fiscal\u00eda realiza diligencias dentro de otras siete investigaciones previas en su contra, de las cuales cinco son por violaci\u00f3n, una por acoso sexual y una por pornograf\u00eda, con utilizaci\u00f3n de ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes.<\/p>\n<p><strong>Dato jur\u00eddico<\/strong><\/p>\n<p>La Fiscal\u00eda acus\u00f3 a Juan Andr\u00e9s V., seg\u00fan el art\u00edculo 171, numeral 1, del C\u00f3digo Org\u00e1nico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito de violaci\u00f3n con privaci\u00f3n de libertad de diecinueve a veintid\u00f3s a\u00f1os. Adem\u00e1s se aplicaron agravantes.[\/vc_column_text][\/vc_accordion_tab][vc_accordion_tab title=\u00bb14 de octubre &#8211; Sentencia de 29 a\u00f1os, ratificada para alias \u201cMangajo\u201d\u00bb][vc_column_text css=\u00bb.vc_custom_1585531063800{margin-top: 20px !important;}\u00bb]<strong>BOLET\u00cdN DE PRENSA FGE N\u00ba 486-DC-2019<\/strong><\/p>\n<p><strong>Las 108 pruebas presentadas por Fiscal\u00eda fueron determinantes para comprobar la responsabilidad del acusado.<\/strong><\/p>\n<p><strong>Cuenca (Azuay), 14 de octubre de 2019.-<\/strong>\u00a0Esta ma\u00f1ana, la Sala de Garant\u00edas Penales del Azuay acogi\u00f3 los argumentos de Fiscal\u00eda y ratific\u00f3 la sentencia de veintinueve a\u00f1os y cuatro meses de privaci\u00f3n de libertad para Juan Andr\u00e9s V., por la violaci\u00f3n a una adolescente de quince a\u00f1os. Tambi\u00e9n confirm\u00f3 que deber\u00e1 cancelar cinco mil d\u00f3lares como reparaci\u00f3n integral a la v\u00edctima.<\/p>\n<p>En esta diligencia, la fiscal Valerie Rojas expuso ante los jueces que, en la audiencia de juicio \u2013del 13 de junio pasado\u2013, Fiscal\u00eda demostr\u00f3 el cometimiento del delito y la responsabilidad de Juan Andr\u00e9s V., con 108 pruebas testimoniales, documentales, periciales y materiales; y sobre esta base solicit\u00f3 que se rechace el recurso de apelaci\u00f3n interpuesto por el sentenciado.<\/p>\n<p><strong>La investigaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>La investigaci\u00f3n demostr\u00f3 que el 24 de mayo de 2018, alrededor de las 06:35, en el sector de la Calle Larga, centro de Cuenca, una adolescente de catorce a\u00f1os present\u00f3 a la v\u00edctima con el sentenciado.<\/p>\n<p>Alias \u201cMangajo\u201d llev\u00f3 en su veh\u00edculo a las dos adolescentes hasta su domicilio, situado en el sector Puertas del Sol. All\u00ed les dio de tomar bebidas alcoh\u00f3licas y les ofreci\u00f3 p\u00e9talos de rosa. Enseguida, la v\u00edctima se sinti\u00f3 mareada, le doli\u00f3 la cabeza y perdi\u00f3 el conocimiento.<\/p>\n<p>En ese momento, el sentenciado aprovech\u00f3 su indefensi\u00f3n para agredirla sexualmente. Adem\u00e1s, le tom\u00f3 una fotograf\u00eda y grab\u00f3 un video.<\/p>\n<p>Las pruebas que sustentaron el caso fueron: los testimonios de la adolescente, de su mam\u00e1, de la amiga que presenci\u00f3 el hecho, adem\u00e1s de veintid\u00f3s testigos y peritos, entre ellos un polic\u00eda de Criminal\u00edstica que efectu\u00f3 una pericia de audio y video, con la que se comprob\u00f3 que en el tel\u00e9fono celular de Juan Andr\u00e9s V. se encontraron dos fotograf\u00edas en las que se observa a la v\u00edctima y a la otra adolescente en el lugar de los hechos.<\/p>\n<p>Esta pericia tambi\u00e9n evidenci\u00f3 que el sentenciado mantuvo conversiones con varias personas, a quienes envi\u00f3 las fotograf\u00edas y el v\u00eddeo.<\/p>\n<p>Por su parte, la funcionaria de Fiscal\u00eda que efectu\u00f3 la pericia psicol\u00f3gica concluy\u00f3 que la v\u00edctima presenta estr\u00e9s postraum\u00e1tico e ideas de suicidio, como consecuencia del delito.<\/p>\n<p>Otra prueba determinante fue el testimonio de un funcionario de la Agencia de Regulaci\u00f3n, Control y Vigilancia Sanitaria (Arcsa), que realiz\u00f3 una pericia qu\u00edmica y expuso que las pastillas y un l\u00edquido \u2013incautados en el domicilio del sentenciado\u2013 conten\u00edan escopolamina y metadona.<\/p>\n<p><strong>Otras investigaciones<\/strong><\/p>\n<p>Juan Andr\u00e9s V. est\u00e1 llamado a juicio por la presunta violaci\u00f3n a una adolescente de catorce a\u00f1os. La audiencia de juicio se desarrollar\u00e1 el 3 de enero de 2020.<br \/>\nTambi\u00e9n es procesado por pornograf\u00eda, con utilizaci\u00f3n de ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes, y por distribuci\u00f3n de material pornogr\u00e1fico a ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, la Fiscal\u00eda efect\u00faa diligencias dentro de otras cinco investigaciones previas en su contra, por presuntos delitos sexuales.<\/p>\n<p><strong>Dato jur\u00eddico<\/strong><\/p>\n<p>La Fiscal\u00eda acus\u00f3 a Juan Andr\u00e9s V., seg\u00fan el art\u00edculo 171, numeral 1, del C\u00f3digo Org\u00e1nico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito de violaci\u00f3n con privaci\u00f3n de libertad de diecinueve a veintid\u00f3s a\u00f1os. La pena se increment\u00f3 por los agravantes.[\/vc_column_text][\/vc_accordion_tab][\/vc_accordion][vc_empty_space height=\u00bb35px\u00bb]<a href=\"https:\/\/www.fiscalia.gob.ec\/caso-mangajo\/\" target=\"_self\"  class=\"qbutton  qbutton_with_icon\" style=\"\">Regresar<i class=\"button_icon  fa fa-arrow-left\" style=\"\"><\/i><\/a>[vc_empty_space height=\u00bb100px\u00bb][\/vc_column][\/vc_row]<\/p>\n<\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>[vc_row row_type=\u00bbrow\u00bb use_row_as_full_screen_section=\u00bbno\u00bb type=\u00bbfull_width\u00bb text_align=\u00bbleft\u00bb background_animation=\u00bbnone\u00bb css_animation=\u00bb\u00bb][vc_column][vc_column_text] Informaci\u00f3n del Caso (boletines) [\/vc_column_text][vc_column_text css=\u00bb.vc_custom_1582060082430{margin-top: 35px !important;}\u00bb] 2019 [\/vc_column_text][vc_empty_space][vc_accordion active_tab=\u00bb1&#8243; style=\u00bbtoggle\u00bb][vc_accordion_tab title=\u00bb07 de marzo &#8211; Presunto autor de violaci\u00f3n a una adolescente es llamado a juicio en caso \u201cMangajo\u201d\u00bb][vc_column_text css=\u00bb.vc_custom_1585530479146{margin-top: 20px !important;}\u00bb]BOLET\u00cdN DE PRENSA FGE N\u00ba 041-DC-2019&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":4,"featured_media":0,"parent":0,"menu_order":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","template":"","meta":{"footnotes":""},"class_list":["post-26386","page","type-page","status-publish","hentry"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.fiscalia.gob.ec\/accesibilidad\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/26386","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.fiscalia.gob.ec\/accesibilidad\/wp-json\/wp\/v2\/pages"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.fiscalia.gob.ec\/accesibilidad\/wp-json\/wp\/v2\/types\/page"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.fiscalia.gob.ec\/accesibilidad\/wp-json\/wp\/v2\/users\/4"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.fiscalia.gob.ec\/accesibilidad\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=26386"}],"version-history":[{"count":3,"href":"https:\/\/www.fiscalia.gob.ec\/accesibilidad\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/26386\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":37944,"href":"https:\/\/www.fiscalia.gob.ec\/accesibilidad\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/26386\/revisions\/37944"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.fiscalia.gob.ec\/accesibilidad\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=26386"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}