Privada de la libertad es condenada por ingreso de artículos prohibidos a un centro de detención
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 035-DC-2026
Privada de la libertad es condenada por ingreso de artículos prohibidos a un centro de detención
Riobamba (Chimborazo), 14 de enero de 2026.- En audiencia de procedimiento abreviado, el Juez de Garantías Penales que conoció la causa acogió las pruebas presentadas por Fiscalía y dictó sentencia de ocho meses de prisión para Diana Janeth L. G., persona privada de libertad (PPL), por delito de ingreso de artículos prohibidos al Centro de Privación de Libertad de Chimborazo.
Durante la audiencia, llevada a cabo el 13 de enero del año en curso, la Fiscalía Especializada en Soluciones Rápidas 2, a cargo del caso, señaló que la mañana del 30 de agosto de 2024 una guía penitenciaria, encargada del control de ingreso y egreso del pabellón de mujeres, efectuó el respectivo registro a la mujer, quien retornaba de una atención médica en el Hospital General de Riobamba. En ese procedimiento se encontró dinero en efectivo oculto en su ropa interior.
El parte informativo y de aprehensión, las versiones de los agentes que participaron en el procedimiento, así como el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y de levantamiento de evidencias, entre otras pruebas, fueron presentadas por Fiscalía para demostrar la participación de la ahora sentenciada en el delito imputado.
Tras haber analizado estos elementos, el Magistrado dictó sentencia contra Diana Janeth L. G., en calidad de autora directa, e impuso una pena privativa de libertad de ocho meses, que deberá cumplir en el Centro de Privación de Libertad de Riobamba. La sentenciada se encuentra recluida en este centro desde el 7 de abril de 2024, donde cumple una condena de ocho años por el delito de peculado.
Información jurídica
Fiscalía procesó este caso con base en lo dispuesto en el artículo 275, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito de ingreso de artículos prohibidos a un centro penitenciario con pena privativa de libertad de uno a tres años. Sin embargo, al haberse aplicado el procedimiento abreviado, la pena fue reducida.
