Fiscalía formula cargos contra aprehendidos por presunta extorsión
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 136-DC-2026
Fiscalía formula cargos contra aprehendidos por presunta extorsión
Santo Domingo (Santo Domingo de los Tsáchilas), 03 de febrero de 2026.- Fiscalía inició un proceso penal –en audiencias simultáneas– contra Michael P. y una adolescente. Ambos son procesados por su presunta participación en el delito de extorsión.
El hecho flagrante ocurrió el 1 de febrero de 2026. Agentes policiales recibieron la alerta de una presunta víctima, quien habría recibido panfletos con mensajes de intimidación en los que le exigían pagar 300 dólares a cambio de dar “seguridad” a su negocio.
En este documento, los implicados indicaban que el dinero sería retirado esa noche. Al momento de la entrega, el trabajador del establecimiento entregó un sobre con el efectivo y, de inmediato, avisó a la Policía Nacional.
Los sospechosos fueron aprehendidos en la avenida de los Tsáchilas, a pocos metros del local, en un operativo policial. Tras el registro corporal, los agentes hallaron un sobre con dinero en efectivo, un teléfono celular y el panfleto con el mensaje intimidatorio que habría sido utilizado para cometer el delito.
Con base en los indicios recabados, los sospechosos fueron aprehendidos en circunstancia flagrante.
Durante la audiencia calificación de flagrancia y formulación de cargos, el Fiscal de turno presentó como elementos de convicción: las versiones de los agentes aprehensores, la versión de la víctima, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y evidencias, el informe de inspección ocular técnica, entre otros.
El Juez que conoció la causa del adulto procesado acogió el pedido motivado de Fiscalía y dictó orden de prisión preventiva en su contra. Mientras que, el Magistrado que actuó en la audiencia de la adolescente le ordenó presentaciones periódicas y prohibición de salida del país.
El plazo de la instrucción fiscal será de treinta días.
Información jurídica
El delito de extorsión está tipificado en el artículo 185 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y es sancionado con pena privativa de libertad de cinco a siete años.
