Alias “Sicosis” y “El Negro” reciben 19 años de prisión por tráfico ilícito de armas de fuego


BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1262-DC-2026

Alias “Sicosis” y “El Negro” reciben 19 años de prisión por tráfico ilícito de armas de fuego


Naranjal (Guayas), 04 de noviembre de 2026.- La Fiscalía General del Estado obtuvo una sentencia condenatoria de diecinueve años de prisión contra Michael Ariel M. M. y Maykol R. C., identificados con los alias “Sicosis” y “El Negro”, respectivamente, por el delito de tráfico ilícito de armas de fuego. Ambos serían integrantes del grupo delictivo “Los Choneros”.


Los hechos ocurrieron en noviembre de 2025, cuando agentes de la Policía Judicial, que efectuaban patrullajes preventivos en el recinto Jaime Roldós, del cantón Naranjal, identificaron a dos hombres que caminaban a un costado de la vía en actitud sospechosa.


Durante el registro, encontraron una pistola calibre 9 mm con municiones entre las prendas de vestir de Michael Ariel M. M. y una subametralladora en poder de Maykol R. C. Ninguno pudo justificar la tenencia de las armas ni acreditar los permisos correspondientes, por lo que fueron aprehendidos.

La intervención policial se produjo luego de que la Dirección Nacional de Investigaciones de la Policía Judicial recibiera denuncias reservadas sobre la presencia de sujetos armados en los accesos al recinto.


Durante la audiencia de juzgamiento, el Fiscal del caso presentó los testimonios de once personas, entre ellas, agentes aprehensores, investigadores y peritos. También expuso informes de reconocimiento del lugar de los hechos y de las evidencias ingresadas bajo cadena de custodia, así como pericias de reconocimiento de evidencias, técnico-ocular y de balística practicadas a las armas y municiones. A esto se sumaron certificados del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, entre otros elementos probatorios.


Por unanimidad, el Tribunal Penal acogió las pruebas presentadas por Fiscalía y declaró a ambos procesados autores directos del delito. Además de la pena de prisión, impuso a cada uno una multa equivalente a 600 salarios básicos unificados.

Información jurídica

Este caso se procesó con base en el artículo 362, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el tráfico de armas y municiones con una pena privativa de libertad de dieciséis a diecinueve años.