Fiscalía obtiene sentencia de veintidós años de prisión por violación
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 820-DC-2026
Fiscalía obtiene sentencia de veintidós años de prisión por violación
Quito (Pichincha), 09 de julio de 2026.- Manuel Mesías R. M. fue sentenciado a veintidós años como autor de violación, sobre la base de las pruebas presentadas por la Fiscal Especializada en Violencia de Género No. 1 de Tumbaco durante la audiencia de apelación.
“La resolución de los Jueces de segunda instancia fue revocar la sentencia que ratificó la inocencia del procesado, por existir una inadecuada valoración de la prueba; es decir, sin perspectiva de género”, indicó la Fiscal.
En la audiencia de apelación, Fiscalía demostró que Manuel Mesías R. M. cometió el delito de violación de forma sistemática contra la hija de su sobrina política, desde que la niña tenía 10 años hasta aproximadamente los 11. Durante ese tiempo, el procesado la amenazó de muerte para que guardara silencio.
Sin embargo, la niña reveló lo sucedido a su madre cuando se enteró de que su hermana menor también estaba siendo víctima del mismo sujeto, quien además era vecino de la familia. Ante ello, la madre presentó la denuncia en Fiscalía en agosto de 2022.
Como consecuencia del delito, la víctima quedó embarazada. Además, pese a que ya existía una denuncia en su contra, las agresiones sexuales continuaron. Estos hechos ocurrían cuando la madre salía a trabajar, en algunas ocasiones, en la carpintería del ahora sentenciado, antes de que ella conociera lo que estaba ocurriendo.
Entre las pruebas presentadas por la Fiscal del caso constan la reproducción del testimonio anticipado de la víctima, los testimonios de los peritos médico legista, psicólogo y de entorno social, el informe de ADN, entre otros.
El Tribunal de alzada fijó una reparación integral de 20.000 dólares por el daño causado a la niña, los gastos obstétricos y la manutención de la bebé producto del embarazo. Además, dispuso atención psicológica permanente a través del Ministerio de Salud Pública, medidas de protección para la víctima y su familia, así como la presentación de disculpas públicas.
Información jurídica
Este caso fue procesado y sentenciado con base en el artículo 171, numerales 2 y 3, del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y en las circunstancias agravantes previstas en el artículo 48, numerales 4 y 9, por conocer a la víctima con anterioridad a la infracción y por el embarazo como consecuencia de la perpetración del delito.
