Procesada por presunto almacenamiento ilegal de municiones
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 117-DC-2026
Procesada por presunto almacenamiento ilegal de municiones
Ambato (Tungurahua), 30 de enero de 2026.- La Fiscalía General del Estado formuló cargos contra Erika Salomé N. M. por su presunta participación en el delito de tenencia y almacenamiento no autorizado de municiones. En la audiencia respectiva, el Juez de Garantías Penales que conoció la causa acogió el pedido de la Institución y dispuso su prisión preventiva.
La instrucción fiscal tendrá una duración de treinta días.
Durante la audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos, el Fiscal de turno informó que, a partir de labores de inteligencia militar y policial, se obtuvo información sobre un inmueble ubicado en el cantón Ambato, parroquia Huachi Loreto, en las calles Queseras del Medio y Camino del Rey, donde presuntamente se almacenaban armas de fuego, municiones y otros objetos prohibidos.
Con estos antecedentes, y con el fin de preservar los indicios, Fiscalía solicitó y obtuvo la orden judicial de allanamiento y registro del inmueble.
En el procedimiento –ejecutado en una construcción de tres plantas– se localizó, en la segunda planta de la edificación posterior, un bolso tipo canguro que se encontraba dentro de un baño. En su interior se hallaron sesenta y ocho municiones de distintos calibres y un cargador de arma de fuego calibre 9 mm.
En ese espacio habitaba Erika Salomé N. M., junto con sus dos hijos menores de edad. Ante el hallazgo, se procedió a su aprehensión en delito flagrante. Los niños fueron entregados a un familiar directo, con la intervención de personal de la Dinapen.
Para sustentar el inicio del proceso penal, Fiscalía presentó como elementos de convicción el parte policial de aprehensión, las versiones recabadas, el reconocimiento del lugar de los hechos y evidencias. Las municiones fueron sometidas a análisis pericial, que determinó que correspondían a cartuchos de varios calibres.
Asimismo, los informes técnicos concluyeron que las municiones se encontraban en buen estado de conservación, eran aptas para su uso y que parte de ellas corresponde a material de uso privativo de las Fuerzas Armadas.
Información jurídica
El delito de tráfico de armas de fuego, armas químicas, nucleares y biológicas está tipificado en el artículo 360 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona a quien, sin autorización de la autoridad competente, posea, almacene, conserve o comercialice armas de fuego, municiones o explosivos, con una pena privativa de libertad de cinco a siete años.
