Procesado por el delito de tráfico ilícito de armas de fuego y municiones


BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 101-DC-2026

Procesado por el delito de tráfico ilícito de armas de fuego y municiones


Pedro Carbo (Guayas), 27 de enero de 2026.- La Fiscalía General del Estado procesa a Bolívar Rigoberto S. G. por el presunto delito de tráfico ilícito de armas de fuego y municiones, tras su aprehensión durante un operativo ejecutado por el Bloque de Seguridad en el cantón Pedro Carbo, la madrugada del lunes 26 de enero.


De acuerdo con el parte informativo, la intervención se llevó a cabo luego de alertas emitidas por el ECU 9-1-1 y denuncias ciudadanas que advertían sobre el almacenamiento de armas y municiones en un inmueble ubicado en el barrio San Ramón.


Con base en esta información, personal militar allanó el inmueble e identificó a la persona que lo habitaba, quien permitió el ingreso de los uniformados. Durante la inspección, en una de las habitaciones se hallaron doce armas de fuego tipo cartuchera, de distintos calibres, y treinta y tres cartuchos sin percutir, calibres 12, 16 y 28.


El aprehendido no justificó la tenencia del armamento y se acogió a su derecho al silencio. Posteriormente, fue trasladado a la Unidad Judicial Multicompetente del cantón y puesto a órdenes de la autoridad competente. Las evidencias fueron ingresadas en cadena de custodia por la Policía Judicial de la jurisdicción.


Fiscalía dispuso que el Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses haga pruebas de aptitud de disparo y el ingreso de los testigos balísticos al Sistema IBIS, a fin de determinar si las armas incautadas fueron utilizadas en otros hechos delictivos.

En la audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos, el Fiscal del caso presentó los elementos de convicción recabados, entre ellos el parte informativo y de aprehensión, las versiones de los agentes intervinientes y el acta de ingreso de las evidencias.


El Juez de Garantías Penales de turno acogió el pedido de Fiscalía y dictó prisión preventiva para el procesado. El plazo de la instrucción fiscal es de treinta días.

Información jurídica

El proceso se sustenta en el artículo 362 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito de tráfico ilícito de armas de fuego con pena privativa de libertad de dieciséis a diecinueve años.