Sentencia agravada de 13 años de prisión contra 3 extorsionadores


BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 090-DC-2026

Sentencia agravada de 13 años de prisión contra 3 extorsionadores


Quito (Pichincha), 26 de enero de 2026.- Como autores del delito de extorsión, cometido bajo amenazas de muerte, tres personas fueron sentenciadas a trece años y cuatro meses de privación de libertad.

Entre las pruebas presentadas por Fiscalía ante el Tribunal de Garantías Penales constan los testimonios de la víctima, de su jefe, de los policías aprehensores y de los peritos que hicieron el reconocimiento del lugar de los hechos, entre otros.


Sobre esta base probatoria, Ramón Alfonso A. R., Carlos Alfredo P. C. y Diego Iván L. G. fueron acusados por el Fiscal de Patrimonio Ciudadano No. 2 de Quitumbe de exigir dinero a un comerciante informal de zapatos, a cambio de “no mandar picadito” al joven que trabajaba con él.

Los hechos ocurrieron la tarde del 13 de febrero del 2025, en el sector de Guamaní, en el sur de Quito.


Un transeúnte alertó a policías que cumplían órdenes de servicio de que tres hombres se llevaron a la fuerza a un joven hacia un parque, mientras ese atendía una llamada telefónica a bordo de una motocicleta estacionada.

Al verificar la información, los uniformados encontraron a cuatro personas, a quienes registraron en el lugar.


Uno de ellos les dijo que había sido interceptado por los otros tres, quienes se identificaron como integrantes del grupo delictivo “Los Tiguerones” y lo obligaron, bajo amenazas, a llamar a su supervisor.

Cuando la víctima marcó el número de su jefe, uno de los extorsionadores tomó el teléfono y le exigió que transfiriera 700 dólares “como inscripción y, de ahí, 100 dólares mensuales por vacuna”, a cambio de un supuesto servicio de protección en el sector, para que no les ocurriera nada y se alinearan con el grupo.


El jefe indicó que no contaba con ese dinero y, tras varios insultos y amenazas, terminó transfiriendo 20 dólares, con lo que se consumó el delito de extorsión.

Información jurídica

Esta causa fue procesada y sentenciada con base en el artículo 185, incisos primero y tercero, numeral 2 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona la extorsión ejecutada bajo amenaza de muerte o lesión, además de la circunstancia agravante prevista en el artículo 47, numeral 5, del mismo cuerpo legal, por cometer la infracción entre dos o más personas.