Pena máxima agravada por tráfico de drogas
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1049-DC-2025
Pena máxima agravada por tráfico de drogas
Quito (Pichincha), 07 de octubre de 2025.- Dos mujeres y un hombre recibieron sentencia condenatoria de treinta y cuatro años y ocho meses de privación de la libertad. Fiscalía demostró su autoría directa en el delito de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas fiscalización, a gran escala.
La Fiscal especializada en Delincuencia Organizada Transnacional e Internacional (Fedoti) presentó, en la audiencia de juicio, su alegato inicial, explicando que los procesados almacenaban, distribuían e incluso intermediaban en la negociación de sustancias ilícitas.
Para sustentar su teoría, expuso ante el Tribunal testimonios, pericias y documentos, los cuales fueron valorados para la resolución final que derivó –por unanimidad– en la sentencia condenatoria para José Armando G., Blanca Margarita S. y Evelyn Geovanna Ch.
Entre las pruebas practicadas por Fiscalía se incluyeron los testimonios de los agentes policiales, así como el de la oficial a cargo del operativo ejecutado el 8 de octubre de 2024 en el sector de La Roldós, al noroccidente de Quito.
El inmueble, agregó la Fiscal, fue allanado debido a información reservada que tenía la Policía sobre la distribución de droga desde ese lugar. En el operativo se hallaron cinco paquetes que estaban sobre una mesa.
En la audiencia de juicio, Fiscalía presentó como prueba el informe de verificación y pesaje de la sustancia, además de una pericia de química forense. Las experticias determinaron que la droga alcanzó los 4 kilos y 800 gramos de pasta base de cocaína.
Con todo lo expuesto, al Tribunal no le quedó duda sobre la responsabilidad de José Armando G., Blanca Margarita S. y Evelyn Geovanna Ch.
Al haber participado más de dos personas en la infracción penal, los jueces aplicaron la circunstancia agravante establecida en el artículo 47, numeral 5, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), incrementándose en un tercio el máximo de la pena determinada para el delito.
Información jurídica
El delito de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización –a gran escala– se sanciona en el artículo 220, numeral 1, literal d, con una pena privativa de la libertad de veintidós a veintiséis años.
