Fiscalía Especializada en Delitos contra el Patrimonio Ciudadano

Fundamenta su labor en el artículo 66 numeral 26 de la Constitución de la República, en el que se establece la tutela del derecho a la propiedad.
Esta Fiscalía realiza un trabajo coordinado con la Brigada de la Propiedad de la Policía Judicial de Pichincha.
Delitos que conoce la Unidad:
Entre los principales delitos están:
Robo: (Art. 550-551-552) es el apoderamiento ilegítimo de bienes ajenos cuyos elementos constitutivos son la violencia contra las personas y la fuerza en las cosas.
Usura: (Art. 583) es el préstamo de dinero que hace una persona a otra, cobrando intereses excesivos y utilizando documentos públicos o privados para ejercer presión a las víctimas.
Aprobación ilícita: (Art. 553-.1.2) es la apropiación de dinero en beneficio propio o de tercero, causando un perjuicio patrimonial, utilizando cualquier medio informático o computacional.
Incendio: (Art. 388-394) es la provocación intencional de causar daños materiales o personales utilizando fuego (Piromanía).
Plagio:
Ocultación de cosas robadas: (Art. 569) es el provecho que hace una persona de los bienes producto del robo o hurto.
Destrucción de Sistema Informático o Red Electrónico: (Art. 415)

Es quien dolosamente utiliza cualquier método, destruye, altera, inutiliza, suprime o daña de forma temporal o definitiva los programas, datos, base de datos, información o cualquier mensaje de datos contenidos en un sistema de información o red electrónica.
Quiebra Fraudulenta: (Art. 578) quien con el objeto de no pagar a un acreedor, transfiere la propiedad de sus bienes a otra u otras personas.
Ocultación de bienes muebles prendados: (Art. 579) quien con el objeto de impedir que se le despoje de un bien mueble prendado, por no haber cancelado la deuda total del préstamo o por no haber cumplido con lo pactado en el contrato.
Para que este tipo de delitos sean sancionados de acuerdo a la Ley, es fundamental que la ciudadanía comparezca a identificar a los responsables de estas sustracciones que afectan al patrimonio de la ciudadanía.
NORMAS DE SEGURIDAD EN EL DOMICILIO
1.- Antes de salir verificar las seguridades de la casa, especialmente puertas y ventanas.
2.- Eliminar la vegetación que dificulta la visibilidad.
3.- Recomiende a los integrantes de la casa que no timen contacto con extraños ni abran la puerta a personas que no conocen.
4.- Ponga en práctica el principio básico de solidaridad, no actúe temerariamente, permita la ayuda de sus vecinos.
5.- En caso de existir intrusos, no ingrese, si está en el interior de su domicilio mantenga la calma y no provoque conflicto.
6.- Impida el acceso a la vivienda de empleados o servidores públicos sin identificarse.
7.- Jamás abra las puertas a desconocidos
8.- Instruya a familiares y empleados que se abstengan de dar información por teléfono o personalmente, sobre aspectos relacionados con la familia.
9.- si su domicilio fue robado, no toque nada y llame a la Policía, su personal especializado le ayudará.
1800-FISCALÍA (347225)